DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL TEXTO DEL NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO Y CÓDIGO TRIBUTARIO

Mediante Decreto Legislativo Nº 1270 publicado el 20/12/2016, se pretende simplificar la estructura tributaria del NRUS. De acuerdo a la nueva norma, las empresas cuyo monto de sus ventas al año no exceda de S/ 96,000 podrán ingresar al RUS. Por lo que se reduce el límite anterior de ventas anuales de hasta S/ 360,000.

Otro cambio normativo es que se reducen a dos categorías respecto al pago en el RUS (que incluye el IR y el IGV), esto es CATEGORÍAS 1 Y 2. Así, ahora los contribuyentes deberán optar entre dos categorías: aquella por un total de ingresos brutos mensuales hasta S/ 5,000 y otra cuando se tengan ingresos de hasta S/ 8,000. Aquellos sujetos que – por su nivel de ingresos – no califique para pertenecer al RUS, deberán pasar a otro régimen superior, es decir, al Régimen Mype Tributario, Régimen Especial o Régimen General del Impuesto a la Renta. Incluso la Sunat puede efectuar esta recalificación de oficio

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