CORREO ELECTRÓNICO PROPORCIONADO POR EL EMPLEADOR

Si usted labora en una empresa donde tiene acceso en su escritorio al correo electronico y al chat y un día llega a su oficina y le informan que su jefe a ingresado a su Pc y ha revisado sus correos personales. ¿Puede esto ser causal de despido?

Según el tribunal consttitucional , el acceso al programa de mensajeria instantanea ( Chat y correo electrónico) , proporcionado por el Empleador a su personal esta protegido por el derecho al secreto e inviolabilidad de las comunicaciones y su acceso solo podrá realizarse con autorización judicial.
Sentencias exp. 035-99-2010-PA/TC y 00114-2011-PA/TC

En consecuencia , la intervención ilegal a estos medios constituye prueba prohibida y no puede esgrimirse como causa justa de despido.

Realice su descarga gratis

Se dirigirá a una pagina de descarga segura.

DIRECCION

Jr. Venezuela Nº 1025, Interior "B"
Callao - Perú

EMAIL

De contacto:
contacto@acsgroup.com.pe

CELULAR

+51930490386
+51944470006
+51916147955

TELEFONO

043670708
043296964